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Facturación
Le informamos que tal y como regula el Reglamento de las obligaciones
de facturación, aprobado por RD 1496/2003, de 28 de noviembre, sólo se
expedirá factura del mes anterior al que se reciba su solicitud.
Si ha abonado los peajes de la AP-9 mediante tarjeta bancaria y/o VIA-T necesitamos, por
motivos de identificación del titular, que nos haga llegar los siguientes datos:
- Datos Fiscales.
- Copia de los contratos formalizados por Ud. con la Entidad Gestora, o certificado del banco
en el cual se detallen los números de las tarjetas/VIA-T.
A partir de la recepción de la documentación solicitada podremos emitirles las
facturas correspondientes a los tránsitos realizados durante el mes anterior, y todos
los meses se generarán sus facturas automáticamente.
Si ha abonado los peajes de la AP-9 en efectivo, es necesario que nos haga llegar los
siguientes datos:
- Datos Fiscales.
- Recibos originales sumados, únicamente del mes anterior a la petición.
Carta dirigida a:
Autopistas del Atlántico, CESA
Servicio Atención Cliente
Apartado de correos 2.001
15080 A Coruña |